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El caso del policía asesinado por quedar en medio de un robo de ganado

De acuerdo a la investigación realizada por el Ministerio Público Fiscal, el 21 de enero de 2007, a las 5:45, cuando salían de un pub bailable ubicado en la ciudad de Río Senguer, Maximiliano Bustamante le propuso a un grupo de personas comer un asado en el cámping municipal.

Invitó a subir a bordo de un Ford Sierra a Julio Fuentealba; a los primos Maximiliano y Fabio Bustamente y a Juan Eusebio Albistur, así como a Octavio Antileff (integrante del GEOP de Comodoro que se hallaba de vacaciones con su familia en la zona de río Senguer y de quien se desconocía su profesión).

Luego de circular por calles laterales se dirigieron por el camino que lleva a la zona de Lago Fontana, donde Maximiliano Bustamante manifestó su intención de ir a robar un animal. La negativa del policía Antilef y el pedido de bajarse del vehículo tuvo como respuesta una serie de golpes, que fueron proporcionados por los tres imputados.

La víctima cayó del vehículo en movimiento y el rodado continuó su trayecto a lo largo de varios metros, para luego detenerse. Allí, Maximiliano Bustamante habría manifestado: “a este vamos a hacerlo cagar porque es milico y nos va a mandar al frente”.

Al regresar en dirección al pueblo encontraron al policía que caminaba al costado de la ruta, por lo que decidieron interceptarlo con el auto. Del vehículo se bajaron Juan Albistur y Fabio Bustamante, quienes comenzaron a agredirlo con golpes de puño y patadas.

Desde el automóvil, Maximiliano Bustamante habría arengado a los golpeadores gritándoles “dale masa, dale masa”.

En tanto el testigo Julio Fuentealba se había bajado del rodado y observó cuando los primos Bustamante se retiraron a bordo del Ford Sierra, mientras Albistur continuaba golpeando el cuerpo del policía, que se presume estaba ya sin vida.

Octavio Antilef fue encontrado por la policía horas más tarde. Fueron orientados por la esposa cuando se presentó en la comisaría local, preocupada por la repentina desaparición de su compañero.

EL LARGO JUICIO

El 30 de octubre de 2007, el tribunal integrado por los jueces Daniel Pintos, Martín Montenovo y María Nieva de Pettinari, condenó a Juan Eusebio Albistur y a los primos Maximiliano y Fabio Bustamante, a la pena de 23 años de prisión, tras declararlos coautores del delito de homicidio simple.

El fallo fue impugnado por los defensores, algo que se hizo ante el Superior Tribunal de Justicia porque por entonces todavía no se habían creado las Cámaras Penales. Entre otros aspectos, en esa oportunidad se cuestionó la falta de realización del juicio de cesura para determinar la pena.

El 4 de febrero de 2009 –dos años después del crimen-, el Superior Tribunal de Justicia confirmó la responsabilidad penal de los acusados y declaró la nulidad de la pena. Además reenvió la causa para que se lleve a cabo el juicio de cesura.

El 7 de abril de 2010, el tribunal colegiado constituido por los jueces Roberto Casal, Raquel Tassello y Margarita Pfister finalmente condenó a Albistur a 9 años de prisión y a los primos Bustamante a 9 años y 6 meses.

El 14 de junio de 2010, el tribunal de la Cámara Penal que integraron los jueces Florencio Minata, Gladis Rodríguez y Silvia Martos hizo lugar a la defensa respecto al vencimiento del plazo razonable y sorpresivamente revocó la sentencia, disponiendo además el sobreseimiento y la libertad de los tres condenados.

Mientras, el 14 de abril de 2011, el fiscal Alejandro Franco impugnó el sobreseimiento ante la sala penal del Superior Tribunal de Justicia, desde donde finalmente se revocó esa resolución que otorgó la libertad de los condenados, pero los defensores interpusieron recursos extraordinarios que fueron rechazados por el máximo órgano de justicia de la provincia y en virtud de ello recurrieron en queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La sentencia tardó en quedar firma y los condenados permanecieron en libertad hasta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el último recurso en queja que uno de ellos había presentado. Con los tres condenados sin más instancias a las que recurrir, la sentencia quedó firme y el juez Roberto Casal dictó en marzo de 2016 la detención de los tres condenados que gozaron de la libertad seis años. Debían terminar de cumplir nueve años y nueve meses de prisión.

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