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Los comercios ya no se podrán llevar las tarjetas: claves de la medida que busca evitar fraudes y acerca el “posnet” al cliente

Una resolución de la Secretaría de Comercio publicada en el boletín oficial ordenó que los comercios acerquen al cliente las terminales para pagos electrónicos, conocidas como «posnet», de manera tal que el usuario nunca pierda de vista su tarjeta de crédito o débito durante la transacción. La medida es obligatoria para todos los comercios del país y da 180 días de adecuación.

En Argentina es muy común que los negocios, sobre todo restaurantes y bares, pidan la tarjeta de crédito o débito junto al DNI y el usuario pierda de vista su documentación al momento del cobro. Esto es peligroso porque la información del plástico puede ser copiada para usarla sin autorización del titular.

La nueva reglamentación responde a una demanda de diversos sectores que empujan por la protección de los datos personales y el resguardo ante eventuales robos de información personal y fraudes.

“El principal riesgo que se corría con esta práctica era que saquen fotos de la tarjeta y el DNI de la persona para hacer compras más adelante a nombre de esta persona. Existen otros tipos de fraudes que podían realizarse como la clonación de tarjetas, realizar pagos o cobros adicionales, robo de identidad y hasta la venta de la información del cliente”, explicó Agustín Merlo, investigador en ciberseguridad independiente.

“La resolución 87, que salió en el Boletín Oficial y firmó el Secretario de Comercio, Pablo Lavigne, implica una política pública que pone a la Argentina al nivel de lo que sucede en otros países del mundo. Esto es, que el consumidor no quede desapoderado de su tarjeta de crédito o débito al momento de la operación de compra de un bien o servicio”, desarrolló en diálogo con Clarín Fernando Blanco Muiño, subsecretario de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial.

“Esto tiene fundamento en la cantidad de fraudes electrónicos que se denuncian y se registran, y tiene que ver con esa pérdida de control que el consumidor tiene en nuestro país. Con esta medida buscamos reducir sustancialmente el fraude electrónico, que en Argentina está cuatro veces por encima de los indicadores de otras economías», siguió el funcionario.

«La intención es bajar ese nivel de fraude y generar una nueva cultura de consumo y comercial: por un lado que el consumidor sepa que tiene que pedir el posnet al momento de pagar; por el otro, que el comerciante sepa que tiene que ponerlo a disposición del consumidor”, cerró.

La resolución establece un plazo de adecuación de 180 días desde su entrada en vigencia para que los comercios “adapten los servicios de atención al cliente de acuerdo a lo establecido”. Aunque circuló en algunos medios y redes sociales que también se dejaría de pedir el DNI, esto no salió publicado en la resolución.

El contexto y qué cambia ahora

Un reclamo que venía desde hace tiempo. Foto: ShutterstockUn reclamo que venía desde hace tiempo. Foto: ShutterstockUno de los principales impulsores de esta medida fue Daniel Monastersky, abogado especialista en delitos informáticos y protección de datos.

“Hasta este lunes, cuando el cliente quería pagar con tarjeta de crédito o débito, se abrían dos posibilidades: o te llevaban el POS a la mesa, o se llevaban tus tarjetas y, muy probablemente, también tu DNI. Esa muy mala práctica ya estaba siendo cuestionada por quienes abogamos por el cuidado y protección de los datos personales”, explicó el especialista a este medio.

Monastersky insistió durante mucho tiempo con esta cuestión. “Hace unos dos años, ya cansado de lidiar con comerciantes y camareros, me prometí llevar adelante una iniciativa para poder generar un cambio. Desde mi cuenta en Twitter y redes sociales personales llevé adelante esta campaña que se llama ‘Sumate al POS’ y de manera ininterrumpida durante todo este tiempo intenté concientizar a la gente sobre esta temática”, siguió.

“Hace unas semanas, desde la Secretaría de Comercio de la Nación se comunicaron telefónicamente conmigo para hacerme saber que la iniciativa iba a convertirse en una resolución de ese organismo”, agregó.

En este contexto, la resolución dice que “todos los establecimientos comerciales que acepten para la realización de sus transacciones comerciales tarjetas de crédito, compra o débito en los términos del Artículo 1° de la Ley N° 25.065 y sus modificaciones, y operen con terminales electrónicas para el pago de las operaciones realizadas (terminales de captura de datos o “POS”), deberán poner a disposición del consumidor las mismas de modo tal que, en ningún momento, pierda el control o quede desapoderado de su tarjeta, ni aun momentáneamente, hasta la completa finalización de la operación”.

De no cumplirse esta mecánica, advierten, habrá sanciones para los comerciantes.

Una implementación complicada

Payway: junto a Fiserv, son las principales empresas de proveedores de terminales en el país. Foto PaywayPayway: junto a Fiserv, son las principales empresas de proveedores de terminales en el país. Foto PaywayHay dos cuestiones a tener en cuenta con esta nueva resolución. La primera tiene que ver con la implementación, que puede presentar ciertos problemas logísticos. Esto sucede porque las dos principales marcas que operan terminales de pagos en el país, Fiserv y Payway, tienen dispositivos que están pensados para que quien visualiza la información sea el vendedor: Posnet y Lapos.

Esto no es así en todos lados: en Estados Unidos, por ejemplo, las terminales suelen estar en una caja y mirando al cliente. “Al comenzar una transacción con chip, banda magnética o contactless, primero hay que pasar la tarjeta, luego incorporar el monto y luego las cuotas. El problema de esto es que el consumidor no tiene forma de ver cuál es el monto que le están cobrando, ni tampoco la cantidad de cuotas en la cuáles está pagando, que es algo muy específico de Argentina, un país que ha implementado las cuotas hace de más de 30 años como líder a nivel regional y global. Y la forma en la que se implementó el proceso no tiene en cuenta estos pasos”, advirtió el economista Ariel Setton, especialista en medios de pago.

De alguna manera, la transparencia 100% todavía no está implementada. “Dicho eso, sí es posible realizar una transacción en donde el consumidor no pierda de vista en ningún momento la tarjeta, pero esto no implica que el consumidor va a poder tener visibilidad absoluta o completa para dar conformidad de la transacción”, suma.

El segundo punto a tener en cuenta es el del DNI. “La exhibición del DNI está explícita por la Ley de Tarjetas de Crédito, que requiere que el vendedor tenga que comprobar siempre la identidad del comprador. Eso no quiere decir que el comprador se lleve el documento. Pero el documento se va a seguir pidiendo, no cambia con la resolución”, explicó Setton.

“Más allá que la normativa no hace mención al DNI porque eso requeriría una reforma legislativa, es fundamental que aprovechemos esto para que el cambio cultural en materia de protección de datos venga desde todos los ciudadanos. Que nadie manipule ni retenga nuestro documento. La Ley de Tarjetas es clara y es sólo a los efectos de verificar la identidad del titular del plástico”, complementa Monastersky.

En este contexto, lo que sí es concreto es que, tras la nueva resolución, el usuario podrá “exigir que se cumpla, no entregar la tarjeta de crédito ni débito porque la normativa ya está vigente y los comerciantes van a tener 180 días para poder adecuarse”, cerró el abogado.

Y esto, agregó , puede llegar a implicar “comprar los posnets que necesiten en caso de requerir más dispositivos o actualizarlos” para acercarlos al cliente o, como advertía Setton, empezar a usar dispositivos que permitan al consumidor conocer la totalidad del proceso y registrar qué es lo que se está pagando y en cuántas cuotas.

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