Por segundo año consecutivo, la Cámara de Diputados avanzó con la aprobación de un proyecto de ley que busca garantizar el financiamiento universitario, ante el reclamo del sector por el ajuste en las partidas y la situación derivada de contar con un presupuesto reconducido desde 2023.
El proyecto impulsado por los bloques de la oposición Unión por la Patria, Encuentro Federal, Democracia para Siempre y Coalición Cívica -la izquierda también, aunque tenía una iniciativa más ambiciosa- cosechó 158 votos a favor, 75 en contra y 5 abstenciones en la votación general.
Antes de pasar a la votación en particular, el diputado nacional Maximiliano Ferraro propuso una modificación que no fue considerada. Luego, se votaron los artículos del 1 al 4 que resultaron aprobados con 158 votos a favor 74 en contra y 2 abstenciones; el artículo 5 con 141 afirmativos, 83 negativos y 9 abstenciones; y del 6 al 9 con 158 votos a favor, 73 en contra y 2 abstenciones.
Se trata de una propuesta de características similares a la que fue sancionada el año pasado, meses después de la gran Marcha Universitaria del 23 de abril de 2024. Sin embargo, esa norma fue vetada por el presidente Javier Milei y el oficialismo pudo sostener esa decisión en el recinto, en una sesión que tuvo lugar el 9 de octubre del año pasado.
A fines de mayo de este año, el Consejo Interuniversitario Nacional acercó a los diputados una nueva propuesta. Los dictámenes pudieron firmarse el pasado 8 de julio, dado que previamente la oposición aprobó un emplazamiento de las comisiones de Educación y Presupuesto.
El proyecto, que ahora deberá tratarse en el Senado, tiene por objeto «garantizar la protección y el sostenimiento del financiamiento de la educación universitaria pública en todo el territorio de la República Argentina».
De acuerdo al texto, el Poder Ejecutivo tendrá que recomponer al 1ro. de enero de 2025, según la inflación informada por el INDEC «en el período comprendido entre el 1ro. mayo al 31 de diciembre de 2024, el monto de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas». Y también actualizar esas partidas de forma bimestral, desde el 1ro. de enero al 31 de diciembre de 2025.
En cuanto a los salarios de docentes y no docentes, el PEN deberá actualizarlos desde el 1ro. de diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley, en un porcentaje que no podrá ser inferior al Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC en el mismo período.
«Este aumento se hará efectivo al mes siguiente de la publicación de la presente ley en el Boletín Oficial. Todo aumento salarial deberá ser remunerativo y bonificable. En el transcurso del corriente año, deberá efectuarse la completa incorporación de las sumas no remunerativas y no bonificables, dentro de los básicos de la convención colectiva correspondiente», agrega el articulado.
Además, exige que el PEN convoque «con carácter obligatorio a la negociación paritaria, con una periodicidad que no podrá exceder los tres meses calendarios, asegurando en todos los casos y tramos de la negociación una actualización mensual no inferior a la inflación publicada por el INDEC».
Entre otros puntos, la iniciativa establece una recomposición y actualización automática de las becas estudiantiles; y una partida especial en el corriente año para regularizar los correspondientes ingresos a la carrera de Investigador Científico y otorgar las becas tanto de ingresantes como posdoctorales.
También se contempla que la Auditoría General de la Nación «realizará el control administrativo externo de las instituciones universitarias de gestión estatal, y de manera inmediata remitirá al Congreso de la Nación los informes producidos junto con las observaciones formuladas si las hubiere, y el correspondiente plan de seguimiento y control».