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La ANMAT dispuso otro cambio para la importación de cosméticos

Primero desreguló su intervención en las importaciones para uso personal y ahora avanzó sobre los productos que se traen al país para la venta comercial: la Administración Nacional de Alimentos, Medicamentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicó una disposición en el Boletín Oficial en la que establece que ya no intervendrá en las autorizaciones de importación de productos cosméticos, de higiene y de limpieza «con fines de comercialización o distribución gratuita».

La nueva normativa alcanza a los establecimientos ya habilitados por la ANMAT que importen para comercializar productos cosméticos, de higiene oral (pastas y enjuagues bucales), higiénicos descartables (como pañales, toallitas femeninas, protectores diarios o absorbentes para lactancia), higiénicos de uso intravaginal (tampones y copas menstruales) y también productos de limpieza para el hogar o espacios comunes.

Esta misma desregulación se aplica a todos esos productos cuando la importación no sea para vender sino como muestras para exhibiciones o para realizar operaciones comerciales, muestras destinadas a laboratorios para la realización de ensayos, donaciones o materias primas «para ser utilizadas por las industrias de los productos referidos».

La disposición N°4033/2025 publicada este martes entrará en vigencia en 30 días. Desde ahora, entonces, los establecimientos que importen estos productos previamente aprobados por ANMAT solamente deberán dar un aviso con carácter de declaración jurada a través de la plataforma oficial de Trámites a Distancia dentro de las 48 horas del ingreso al país. Pero el organismo ya no intervendrá en los trámites aduaneros, como ocurría hasta ahora.

Desde el Gobierno, explicaron que la medida «busca promover la simplificación de procesos y hacer más eficiente la gestión pública, y agilizar procesos, ofreciendo un balance razonable entre la libertad del usuario y la agilidad operativa«. Esta explicación es similar a la que dieron cuando se simplificaron los trámites de importación de cosméticos y también de alimentos para uso personal.

Además, enfatizaron que al retirarse de los trámites aduaneros la agencia sanitaria «se concentrará en la vigilancia post-comercialización» y remarcaron que «a partir de esta medida, ANMAT fiscalizará exhaustivamente a los productos importados comercializados en el mercado local, para controlar la eficacia y seguridad de esos productos».

Qué otros cambios hubo en las importaciones

Esta nueva disposición de la ANMAT va en línea con otras desregulaciones que se publicaron recientemente a través del Boletín Oficial, que buscan eliminar intermediaciones de la agencia sanitaria en trámites aduaneros.

Hace dos semanas, la disposición 3562/2025 –también firmada por la titular de la ANMAT, Nélida Bisio– había eximido de realizar el trámite de autorización para productos cosméticos destinados a usuarios particulares.

Una semana antes, se había eliminado esa misma gestión para el ingreso al país también para los productos alimenticios de consumo personal, los alimentos con propósitos médicos (como las papillas que se utilizan para alimentar a personas con problemas de salud) y los alimentos recibidos por donaciones.

Así, todos estos productos pueden ahora adquirirse a través del sistema courier, teniendo en cuenta que la responsabilidad recae sobre quien la compra, un dato particularmente importante en el caso de los cosméticos, que viven un boom de promoción en las redes sociales (en especial de skincare proveniente de Asia).

En las compras vía courier para particulares, los bultos no deben superar los 50 kilos cada uno ni los 3.000 dólares en total. Si la compra no supera los 400 dólares, sólo se paga IVA; después de eso, también se tienen que pagar impuestos de importación. En cada envío no pueden haber más de tres productos iguales y no se puede comprar más de cinco veces por año por cada CUIT.

AS

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